martes, 26 de junio de 2007

PROMUEVE ACCION DE AMPARO POR FALTA DE PRESTACION ASISTENCIAL POR COBERTURA MEDICA PRIVADA CON MEDIDA CAUTELAR

PROMUEVE ACCION DE AMPARO. SOLICITA MEDIDA CAUTELAR GENÉRICA.
Señor Juez:
wwww, por mi propio derecho, con domicilio real en la calle piso 1ero. de la Ciudad de Buenos Aires, con domicilio legal que constituyo en la calle xxxxxxxxxxxxxxxCiudad de Buenos Aires, con el patrocinio letrado de la Dra. xxxxxxxxxxxxxxxxx, T. F. , a V.S. digo:

I. LEGITIMACION:
Esta parte como particular damnificado, se ve afectada directamente en los términos del art. 43 de la Constitución Nacional, por un acto de particular violatorio de la obligación de prestación en la entrega de insumos y medicamentos necesarios, vulnerando así una disposición expresa de la Constitución Nacional, concretamente, el artículo 42 de la misma que protege el derecho a la salud, el art. 14 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; infringiendo asimismo lo pactado contractualmente entre las partes al asociarme a xxxxxxxxxxxxxx
Asimismo existe también legitimación como usuaria del servicio de salud, encontrando vulnerados los derechos inherente a una salud digna por la omisión de la accionada en el reconocimiento por parte de la demandada de la cobertura del 100 % en los medicamentos de alto costo y baja incidencia IMPRESCINDIBLES PARA LA ENFERMEDAD QUE PADEZCO, todo ello en los términos del art. 43 inc. 2do de la Constitución Nacional.
Es en orden a dicha legitimación activa que vengo a presentarme en autos.

II. OBJETO:
Que en tempo y forma vengo a promover formal acción de amparo contra XXXXXXXXXXXXXX), con domicilio en la XXXXXXXXXXXXX, Ciudad Autónoma de Buenos Aires a efectos de que cese el acto de particular de arbitrariedad por SPM S.A. mediante su prestadora XXXXXXXX niega a esta accionante, la cobertura del 100% en la compra de medicamentos de alto costo y baja incidencia para control y tratamiento de la enfermedad que padezco, debiendo esta parte hacerse cargo de aproximadamente el 60% del costo de los mismos que redundan en $5000 por mes aproximadamente, como surge de las facturas que acompaño.
Asimismo, extiendo esta acción contra cualquier persona que pueda resultar patrimonialmente responsable.

Por lo que solicito a través de la presente acción, que XXXXXXXXXXS.A. mediante XXXXXXXXXX ordene la cobertura del 100% en la compra de medicamentos de alto costo y baja incidencia para control y tratamiento de la patología de mielodisplacia. Se interpone el presente amparo, toda vez que dicho accionar por parte de la demandada lesiona, restringe, altera y amenaza con arbitrariedad e ilegalidad manifiesta los derechos y garantías contemplados en la Constitución Nacional, especialmente el derecho a una salud digna contenida en el art. 42.
En efecto dicho artículo consagra que tanto consumidores como usuarios de bienes y servicios tienen derecho en la relación de consumo a la protección de su salud. Por lo que solicito se haga lugar al mismo.

III: HECHOS:
1) Tal como surge de las constancias adjuntas, esta accionante padece la enfermedad de XXXXXXXX diagnosticada hace aproximadamente unos 5 años, tal como surge de las constancias efectuadas por el hematólogo XXXXXXXXX
Durante 1999 hasta 2001 presento buena respuesta hematológica con tratamiento a base de esteroides, y anabólicos. Desde mayo del 2001 este tratamiento no dio el resultado esperado por los que se descartó esta posibilidad junto con otras. De las constancias adjuntas, surge que con posterioridad a estos resultados, se inicio el tratamiento con el medicamento eritroproyectina 10.000.

A principios del año 1997 esta accionante ingresó a XXXXXXXXa un plan mayor. Aclaro que cuando realizo el cambio me estaba realizando estudios para determinar la causa de la anemia que se me había detectado, éste hecho fue declarado por mí al momento de cambio de plan.

En el año 1999 a raíz de un chequeo general mi médico clínico XXXXXXXXXXX, detecta anemia, receta hierro, vuelvo a hacerme los análisis y la anemia estaba peor. (Dejo aclarado que yo no tenía síntomas y que ésta situación de asintomática duro hasta hace pocos mese atrás).
El XXXXXX me deriva al Dr XXXXX, hematólogo, el cual manda a hacer nuevos estudios de laboratorio y además una punción en la médula ósea, dando como diagnóstico: XXXXXXXX El Dr. XXXXXXXla receta decadurabolín, cobenexol forte y ácido fólico. Afortunadamente la médula ósea de esta accionante empezó a reaccionar y es así que los nuevos estudios de laboratorio habían mejorado. Desde el año 1999 hasta la fecha me realicé cuatro punciones de médula ósea siendo siempre el mismo diagnóstico.
La médula ósea es la “fábrica “ de los componentes de la sangre, y mi médula no trabaja correctamente y esto produce la amenia.. La enfermedad es la mielodisplacia, el síntoma la anemia.
Desde el año 1999 hasta el año 2002, aproximadamente, seguí con el mismo tratamiento y los resultados de laboratorio se mantenían dentro de parámetros buenos, no normales, pero buenos.
Pero en el 2002 empecé a tener una baja en los resultados de laboratorio, leve, pero continua. La médula ósea había dejado de responder a la medicación que se me estaba dando. El Dr. XXXXXX me da Anemidox, inyectable, Deltisona B, continua con el Decadurabolin, pero los resultados eran cada vez más negativos. El Dr. XXXXXXXX decide cambiar toda la medicación y me receta eritropoyetina 10000 (Hemax 10000).

Con la receta y resumen de mi historia clínica me presento en XXXXXXXX., sucursal Belgrano, a solicitar la medicación ya que por lo informado por mi médico se trata de medicación especial que debe ser entregada por la prepaga médica sin cargo. Al no tener respuesta por varios días, me presento en la misma sucursal con una nota haciendo el reclamo.
No fue fácil que XXXXX me respondiera con prontitud y la respuesta fue que no corresponde el 100% de cobertura por no tener insuficiencia renal crónica, etc. XXXXXXX considera que debo abonar el 60% de la medicación como cualquier medicamento. Mientras tanto mi salud se iba deteriorando y yo seguía pidiendo la medicación.

2) Se presentaron varias notas reclamando el Hemax10000, y luego el Sandimmun Neroal 100mg, recetado también por el médico de quien suscribe. A pesar de los distintos pedidos, la presentación de los informes de laboratorio que iban indicando el deterioro de la salud de esta presentante y los informes indicando que estaba llegando a niveles de transfusión, XXXXXXXX. nunca quiso hacer entrega de la medicación al 100%. Salvo en una oportunidad nunca respondieron por escrito a las notas.
En el mes de mayo empecé a sentirme mal, sin fuerzas, cada vez me costaba más caminar, me agitaba con facilidad, no podía realizar mis tareas cotidianas, es así que tuve que dejar de cursar una materia en la facultad de psicología, porque no podía concentrarme, ni estudiar y se acercaban los parciales y debía entregar un trabajo de investigación y era imposible a pesar de mi esfuerzo. Todo esto hizo que cayera en una depresión acompañada con ataques de angustia, lloraba y debía pasar horas recostada para poder salir para ir a terapia o al médico.
En junio de 2003, se solicitó un convenio de excepción al 100%, aunque sea por tiempo limitado a fin de comenzar lo antes posible con la medicación. Mientras tanto los análisis daban cada vez peor, tan mal estaba que en el mes de junio del laboratorio Menendez llamaron a mi médico muy preocupados por los niveles tan bajos a que había llegado.
XXXXXXXXX. nunca contestó por escrito al pedido de excepción, telefónicamente decían que sólo el 40%, después que iban a estudiar la posibilidad de un mayor descuento como gentileza de la empresa., a pesar de estar con un hematocrito de 14%,una hemoglobina de 4.6, plaquetas de 40 mil/mm3,etc.
El 27 de junio llamó desesperada a medicamentos especiales, hablo con XXXXXXX, y le pido por favor que debo empezar si o si con la medicación ya que no daba más.
Me ofrecen el Sandimmun al 50% de descuento y el Hemax 10000 a 100$ cada ampolla.( el médico me receto 12 ampollas de Hemax al mes y dos cajas de Sandimmum). Había llegado a niveles tan bajos que con carácter urgente el Dr. XXXXXXXX me manda a transfundir dos unidades, el día 4 de julio de 2003. La transfusión me ayudo a sentirme mejor.
El 24 de julio el médico decide agregar una medicación nueva, Neupogen 30, realicé el pedido tanto telefónicamente como por nota y todavía no tengo respuesta.

3) Es preciso efectuar las siguientes consideraciones respecto de los hechos acaecidos en autos: esta parte al asociarse con XXXXX, en un comienzo con XXXXXXX, mediante acuerdo privado entre partes, la demandada se comprometió de acuerdo al plan seleccionado por la que suscribe, a efectuar la cobertura del 100% en medicamentos de alto costo y baja incidencia como el que me fuera recetado para el tratamiento del tipo de anemia que padezco, tal como surge del extracto que acompaño que fuera entregado por la demandada al momento de la asociación.

Luego al optar por el cambio de Plan de Salud, es decir al pasar a XXXXX dentro del mismo Grupo, tambien se valieron de una publicidad engañosa, toda vez que los servicios de este me indicaron eran mas completos, debiendo esta parte abonar unos $250 mensuales en concepto de cuota, respecto de las cuales se encuentra al día en el pago de las mismas, y sin perjuicio de lo cual la demandada se niega a hacerse cargo de la cobertura convenida.

Esta publicidad engañosa de la demandada , hizo que esta parte adquiriera sus servicios, mediante el ardid y engaño lograron la voluntad de que suscribe, desconociendo con posterioridad toda obligación contractual en la cobertura del 100 % en la compra de los medicamentos de alto costo y baja incidencia que son los recetados para la patología de la mielodisplacia que padezco, incumpliendo así con la convención de las partes.
Es decir que desde que le fuera indicada la medicación específica para la patología mencionada y hasta la fecha esta accionante fue negada expresamente por la demandada en la cobertura del total mencionado de los medicamentos, debiendo esta parte hacerse cargo – cuando se encuentra en condiciones - del porcentaje no reconocido ( del 60 % ), y habiéndose alcanzado elevadísimos niveles de anemia que requirieron de transfusiones de sangre como antes se indicara, todo lo cual lesiona, restringe, altera y amenaza con arbitrariedad e ilegalidad manifiesta los derechos y garantías contemplados en la Constitución Nacional, y otras normativas inferiores, y la convención efectuada por las partes, la cual es sabido, tiene la fuerza de la ley misma ( art. 1197 del Código Civil ) .

4) De acuerdo a las constancias adjuntas esta parte efectuó varios reclamos administrativos a la parte demandada a fin del lograr el reconocimiento en la cobertura del 100% de los medicamentos requeridos para la patología diagnosticada. Dichas solicitudes fueron efectuadas con carácter de excepción por el término de 60 días, y a los fines de homologar la cobertura solicitada al punto 7 del anexco I del Plan Médico Obligatorio, con la eritroproyectina en el tratamiento de la anemia. ( tal como se indicara en el punto 2)

Estos reclamos por escrito, sin perjuicio de los miles efectuados telefónicamente, fueron efectuado con fecha 13/12/2002, 06/06/2003, y 22/05/2003, todos los cuales aportaron resultado negativo, tal como surge de la nota suscripto por el auditor medico de la demandada de fecha 13/02/2003.
Se acompañan sendas misivas.

5) En síntesis,XXX., niega hasta la fecha la cobertura del 100% de los medicamentos requeridos para la enfermedad que padezco, por lo que el accionar de la demandada respecto de esta accionante redunda en una falta de prestación, por incumplimiento de una obligación de hacer por parte de la misma, obligación que resulta ser una obligación de resultado, no una obligación de medios.
Esta obligación de resultado incumplida por XXXXXXXXXse fundamenta en que el resultado esta garantizado, esto es el reconocimiento de la cobertura del 100% en los medicamentos de alto costo y baja incidencia, por lo cual solicito a S.S. se haga lugar al presente amparo con costas.

6) Sin perjuicio de ello se deja constancia que se acompaña con la presente demanda sendos informes histopatológicos de médula ósea de fecha 8/04/1999 y el último de fecha 12/09/2002, hemograma estudio básico de anemia de fecha 18/01/1999 y último de 13/08/2002. Estudios de pre y postransfusión lo cual solicito S.S. tenga presente.

7) Asimismo se adjuntan presupuestos efectuados por diversas farmacias de los cuales surgen el elevadísimo valor de los medicamentos de alto costo y baja incidencia recetados a esta accionante, cuya cobertura XXXXXXX. desconoce un su totalidad, y que rondan a Agosto de 2003 los $5.000 mensuales aproximadamente, lo cual solcito tenga presente.

IV.- OFICIO ART. 8VO:
Se libre oficio a la demandada para que en el plazo de cinco días informe causas y fundamentos de la negativa a proporcionar la cobertura mencionada, y cumpla con las obligaciones emergentes del Plan Médico Obligatorio proporcionando a esta parte el correcto suministro .

V.- SOLICITA MEDIDA CAUTELAR GENERICA.
Teniendo en cuenta la urgencia requerida en la prestación de SPM, toda vez que se encuentra en juego integridad física de esta accionante, se solicita se haga lugar a la presente medida cautelar generica que modifique el estado de hecho existente al momento de esta presentación, ordenando a la demandada cumpla con la cobertura del 100 % en la compra de los medicamentos de alto costo y baja incidencia requeridos para la patología de anemia *******. ( art. 232 del CPCC )
Asimismo la intimación judicial para la cobertura de los mismos deberá efectuarse por el tiempo que S.S. estime corresponder a los efectos de que el riesgo que hoy corre esta presentante respecto del deterioro diario de su salud, no se repita a corto plazo, a cuyo fin solicito se ordene notificación con habilitación de días y horas inhábiles.
Sin perjuicio de ello, para la procedencia de toda medida cautelar es necesario que se cumplan dos requisitos.
El peligro en la demora y la verosimilitud del derecho invocado.
La verosimilitud surge clara a poco que se examine la presente. El derecho que asiste a esta amparista surge claramente de la normativa antes indicada , resultando el accionar de XXXXXX violatorio de la Constitución Nacional ( art. 42 ), Constitución de la Ciudad de Buenos Aires ( art. 14 ). La verosimilitud del derecho invocado por esta amparista surge de la vulneración del derecho a la salud digna por no poder acceder al tratamiento indicado para este tipo de padecimientos.

La propia Corte Suprema indicado en casos similares su criterio unánime al respecto, en el sentido que el derecho a la salud forma parte del derecho a la vida, que es el primero y fundamental de todos los derechos, pues sin el ningún otro es posible, y que las Obras Sociales ( refiriéndose tambien a empresas de medicina pre-paga) no pueden desconocer que el objeto de la prestación de salud debe prevalecer sobre cualquier aspecto comercial, sobre todo cuando la índole de la prestación que se niega pone en riesgo la vida de la asociada. Privar en esas circunstancias a un paciente del derecho a la obra social equivale a la desprotección más absoluta y a un estado de abandono.

El peligro en la demora es obvio. Tratándose de cuestiones que tienen que ver con la salud física de la amparista, a medida que transcurra el tiempo sin la posibilidad de efectuar un control y por consiguiente un tratamiento correcto, se impide evitar o retrasar las complicaciones que la enfermedad acarrea. En consecuencia a medida que transcurre el tiempo sin poder efectuar correctamente este tratamiento la salud de esta amparista se deteriora pudiendo llegar a las consecuencias inmediatas de un tratamiento incorrecto. Por Lo que el peligro en la demora es obvio como antes se indicara.

Por lo expuesto solicito se dicte medida cautelar solicitada con habilitación de días y horas inhábiles antes mencionado.
La contracautela deberá entenderse prestada con la suscripción del presente escrito.
VI. OFRECE PRUEBA:
DOCUMENTAL: La que se acompaña con el presente escrito.
INFORMATIVA: Se libre oficio a:
1.- XXXXXX, a fin de que remitan copias certificadas de la historia clínica de la accionante, y comprobante de pagos efectuados por la accionante por compra de medicamentos de alto costo y baja incidencia realizados en el Sanatorio XXXXX ( dependiente deXXXXXX) a cuyo fin solicito se libre oficio a sus efectos. En caso de negativa por parte de la accionada, solicito se ordene el secuestro de la misma mediante mandamiento.
2.- La Dr. XXXXXXX, medico hematólogo de la accionante para que remita copias certificadas de la historia clínica y todos los antecedentes de la enfermedad de la suscripta, a cuyo fin solicito se libre oficio.
CONSULTOR TÉCNICO: Se designe a la Dra. XXXXXXX, médica, con domicilio en la calle XXXXXXXXX Ciudad de Buenos Aires, como consultora técnica de parte.

VII. PLANTEA CASO FEDERAL.

Para el hipotético e improbable supuesto que no se hiciera lugar al reclamo de la aquí accionante, vengo a dejar planteado el caso federal previsto en el art. 14 de la Ley 48.

VIII. AUTORIZA.

Que autorizo expresamente a la Dra.XXXX, a que compulse las presentes actuaciones, retire copias, se notifique, examine el expediente en caso de que fuera reservado y deje nota en el libro de asistencia de ese Juzgado. Tambien autorizo al Sr. XXXXXXXX, a examinar el expediente en caso de que este fuera reservado y a retirar copias, oficios y mandamientos solicitados en el mismo.

IX.- PETITORIO:

1.- Se tenga por presentada la demanda y por constituido el domicilio.
2.- Se haga lugar al decreto de medida cautelar innovativa solicitada.
3.- Oportunamente, se haga lugar a la acción de amparo impetrada, con costas a la accionada.


PROVEER DE CONFORMIDAD
TODO ES JUSTICIA